Una vez que la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública analizó la iniciativa enviada por la presidenta municipal, los legisladores coincidieron en la necesidad de realizar las modificaciones correspondientes, para que el ayuntamiento preserve su autoridad institucional y propicie el desarrollo armónico de la sociedad.
Las reformas al artículo 122 de la Ley de Ingresos establece el monto de las sanciones por violaciones al Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Durango, permitirán armonizar ambos instrumentos jurídicos para lograr una pronta y eficaz aplicación de la justicia.
En cada uno de los apartados se plasma de manera clara las sanciones a que estarán sujetos los infractores al Reglamento de Tránsito.
En lo que se refiere al artículo 88, establece los derechos para la autorización que otorga la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, por el concepto de anuncios como pantallas electrónicas, luminosas, de video y similares, así como panorámicos no luminosos y de otro tipo, tomando en cuenta aspectos de desarrollo urbano, impacto social y ambiental.
Cabe destacar que por una omisión involuntaria en el Proyecto de Ley de Ingresos del ayuntamiento, no se estableció en la columna de la cuota a pagar que los salarios mínimos a cobrar? deben ser por metro cuadrado.
Las modificaciones realizadas a la Ley de Ingresos del Municipio de Durango para el ejercicio fiscal 2007, se realizaron con el aval de los diputados de las diferentes fracciones representadas en el Congreso del Estal.










